Es necesario que la ciudadanía sepa a quién le otorga su confianza: José Martínez Vilchis, Comisionado Presidente del Infoem

• Durante la 24ª Sesión Ordinaria del Pleno de este órgano autónomo se resolvieron 377 recursos de revisión
Debe eliminarse la salvedad otorgada al sujeto obligado para pronunciarse en el supuesto de que no cuente con el último grado o nivel de estudios de sus servidores públicos, pues es parte de su información curricular y para la ciudadanía debe ser un requisito mínimo indispensable saber a quién le otorga su confianza, sus recursos económicos y hasta la soberanía; de tal manera que uno pueda notar qué tan correcto es que estén al frente de un cargo popular. Eso hace más importante que la gente sepa por quién está votando, argumentó José Martínez Vilchis.
El Comisionado Presidente del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem) explicó así las razones de su voto particular en uno de los proyectos presentados durante la 24ª Sesión Ordinaria del Pleno de este órgano autónomo, en la cual se aprobaron 377 recursos de revisión.
En el marco de esta sesión, en la cual se aprobaron también ocho acuerdos donde se determinó improcedente la solicitud de ampliación de plazo para el cumplimiento de las resoluciones; la Comisionada María del Rosario Mejía Ayala emitió un voto disidente en otros proyectos, tras considerar que el ejercicio humano de acceso a la información pública debe armonizarse con el respeto a los derechos de las demás personas; así como al deber constitucional y convencional de formular peticiones y solicitudes de manera pacífica y respetuosa.
Por su parte, la Comisionada Sharon Morales Martínez emitió un voto particular en otro recurso, pues aseguró que las fotografías de personas servidoras públicas que no desempeñan cargos de mando medio y superior deben clasificarse como información confidencial, pues exponer su identidad no genera beneficio institucional ni responde a un interés público legítimo, ya que vulnera su derecho a la privacidad. Entregar fotografías debería limitarse a aquellos funcionarios con proyección pública y facultades de decisión, destacó.
En otro proyecto, el Comisionado Luis Gustavo Parra Noriega sostuvo que era improcedente sobreseer el recurso de revisión interpuesto en contra de Tepotzotlán, ya que la persona recurrente alegó la entrega de información incompleta y en ningún momento cuestionó su veracidad; por ello, consideró que el recurso debía analizarse en el fondo para determinar si la respuesta satisfacía plenamente el derecho de acceso a la información.
Al retomar el tema de las fotografías, la Comisionada Guadalupe Ramírez Peña señaló que sus votos particulares se debieron a que en los proyectos presentados se consideró que, sin importar nivel o cargo y en cualquier documento que se encuentre vinculado con disposiciones legales, la información debe ser pública; sin embargo, enfatizó que es importante ponderar si es necesario y proporcional hacer pública la imagen de las personas servidoras públicas, lo cual, dijo, debe evaluarse en cada caso y no por regla general.
Cabe destacar que en esta sesión el Pleno aprobó también la imposición de 13 medidas de apremio, las cuales constituyeron amonestaciones públicas dirigidas a Titulares de las Unidades de Transparencia (TUT) de diversos sujetos obligados de la entidad, pertenecientes al orden municipal.









