Pleno del Infoem emitió votos a recursos de revisión, para garantizar el correcto ejercicio del acceso a la información en la entidad

• Aunado a ello, en la 39a. Sesión Ordinaria de Pleno se aprobó por unanimidad la imposición de 18 medidas de apremio
José Martínez Vilchis, Comisionado Presidente del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem), instruyó a la Secretaría Técnica de dicho órgano autónomo, la notificación y ejecución de 18 medidas de apremio, derivadas del incumplimiento a las resoluciones emitidas por este instituto; de las cuales cinco corresponden a apercibimientos dirigidos a servidores públicos habilitados; 12 amonestaciones públicas, dirigidas a titulares de las unidades de transparencia; y una multa dirigida al Titular de la Unidad de Transparencia de Almoloya de Juárez, correspondiente a una cantidad de 16 mil 971 pesos.
En otro sentido, la Comisionada Sharon Morales Martínez emitió un voto particular en un asunto. Detalló que un solicitante pidió al Ayuntamiento de Toluca los oficios de las observaciones del proceso de entrega-recepción de la Tesorería municipal y las últimas cinco actas del comité de transparencia municipal. El sujeto obligado no elaboró prueba de daño, sin embargo, la ponencia resolutoria determinó que la información era reservada y elaboró dicha prueba de manera oficiosa, cuando esta labor es responsabilidad exclusiva de los sujetos obligados; por lo que argumentó que el Infoem no debe asumir una atribución que no le corresponde. Además, los documentos solicitados no son insumos de un proceso deliberativo, sino actos administrativos de control interno ya concluidos que deben entregarse.
Por su parte, el Comisionado Luis Gustavo Parra Noriega se pronunció en el sentido de que, en aquellos casos en los que las personas recurrentes no identifiquen correctamente la unidad administrativa de la cual requieren información, ello no debe considerarse un impedimento para atender su solicitud; por el contrario, debe interpretarse que la petición corresponde al área homóloga, toda vez que los particulares no son expertos en la materia, ni están obligados a conocer la estructura orgánica específica de los Sujetos Obligados.
En su participación, la Comisionada Guadalupe Ramírez Peña emitió un voto disidente, al no compartir que se acredite la imposibilidad técnica para autorizar el cambio de modalidad. Advirtió que, si bien se trata de un recurso acumulado, la respuesta es individual, por lo que no sobrepasa la capacidad que soporta la plataforma Saimex. Cada una de las solicitudes, en particular, requirió información que fue generada en un solo día, aunado a que el sujeto obligado indicó que son 364 las pólizas solicitadas, sin que se precisara el número de páginas. Por tanto, no compartió la validación del cambio de modalidad, ya que el particular se quedó sin la información y se apoyó al sujeto obligado, aun cuando no sobrepasa la capacidad en lo individual, pues las solicitudes no deben contestarse en lo general.
Es importante señalar que, en esta sesión, en la cual se resolvieron 326 recursos de revisión, la Comisionada María del Rosario Mejía Ayala presentó la documentación que sustentó su ausencia, la cual fue enviada previamente a la Secretaría Técnica de este instituto.









