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Entradas con la etiqueta ‘Poder Judicial’

Piden al Poder Judicial entregar sentencias en contra y a favor del Poder Ejecutivo

Viernes, 1 de Octubre de 2010
  • Ordenan Comisionados transparentar gastos al IMCUFIDE
  • Texcoco se resiste a dar a conocer sueldos

noticiaAl revocar los Comisionados del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios (Infoem) la respuesta emitida por el Poder Judicial de que no existe un registro de antecedentes respecto a los nombres de los inculpados en los litigios relacionados con el Tribunal Superior de Justicia del Estado de México y que el acervo estadístico solo contiene datos cuantitativos, el Pleno determinó que el particular no pidió nombres sino datos estadísticos o copia digital de las sentencias.

Por lo que el Poder Judicial deberá entregar los boletines judiciales del 2008 y 2009, a efecto de que el solicitante identifique los casos de las sentencias civiles y mercantiles, en las que el Tribunal Superior de Justicia del Estado de México ha sido parte y una vez que haya identificado los casos, que se le proporcione la copia simple de las sentencias respectivas en versión pública, previo pago, omitiendo los nombres de las personas que hayan tenido injerencia en dichas sentencias, con motivo de testimonio, peritaje o similar, determinó el Infoem en la resolución.

El Instituto Mexiquense de Cultura Física y Deporte (IMCUFIDE) deberá entregar copia de la comprobación que efectua la asociacion deportiva de ciclismo al Instituto con respecto al apoyo de 147 mil 840 pesos y en su caso, deberá contener el desglose detallado de los trabajos de impermeabilizacion llevados a cabo en el domo del velodromo, señaló el Pleno del Infoem.

Los Comisionados de este órgano garante determinaron que con respecto al acta del comité de asignacion de estimulos y apoyos económicos a deportistas, entrenadores y organizaciones deportivas, en donde se le asigna dicha cantidad a la asociación de ciclismo, ya debió concluir el proceso deliberativo, por lo que ordenaron al IMCUFIDE la entrega de la copia simple del acta debidamente signada y autorizada.

Pese a ser recursos públicos, el Ayuntamiento de Texcoco se resistió a dar a conocer el sueldo de servidores públicos de diferentes áreas y entregó solo un listado de nombramientos y cargos en forma resumida, por lo que se le ordenó la entrega de los documentos soporte de la información requerida.

Tecámac deberá entregar el número de personas con discapacidad en el municipio, escolaridad, localidad a la que pertenecen, la cual deberá entregarse disociada, de tal forma que no sea posible identificar al titular de los datos personales, también deberá proporcionar los apoyos proporcionados por el municipio a personas con discapacidad, las convocatorias, reglas de operación o cualquier otro documento en donde se hayan diseñado y dado a conocer mecanismos para la entrega de apoyos a personas con discapacidad.

En caso de que no se cuente con dicha información o parte de la misma, deberá emitirse por el Comité de Información de manera debidamente fundada y motivada el respectivo dictamen de inexistencia.

Tezoyuca, Texcoco y Nezahualcóyotl, se negaron a proporcionar información referente a presupuesto, directorio de servidores públicos y remuneraciones, se ordenó su entrega, toda vez que se trata de información pública de oficio.

Ozumba deberá entregar la versión pública del currículum vitae de policías municipales que desempeñan funciones de tránsito y vialidad, no así de los que realizan funciones operativas, ya que revelar el nombre y cargo pondría en riesgo su integridad.

IEEM deberá entregar facturas de automóviles adquiridos para Consejeros

Lunes, 31 de Mayo de 2010
  • La clasificación del IEEM carece de argumentación fundada y motivada
  • El Poder Legislativo deberá otorgar 15 días para consultar 7 mil fojas

noticiaEn sesión ordinaria del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios (Infoem) los Comisionados analizaron el recurso de revisión interpuesto en contra del Instituto Electoral del Estado de México, quien omitió proporcionar a un particular datos sobre vehículos que son usados por los Consejeros, bajo el argumento de que la información era reservada.

La Comisionada Miroslava Carrillo Martínez, al explicar el proyecto de resolución indicó que el sujeto obligado envió un acuerdo del Comité de Información, en el que se muestra el índice de clasificación pero no existe una hipótesis que sustente el razonamiento lógico de clasificación, por el contrario, el argumento carece de una prueba de daño presente, probable y especifico, por lo que los Comisionados del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios (Infoem) revocaron la clasificación y ordenaron la entrega de copias de facturas de los automóviles, toda vez que los datos relacionados con costos, características, modelo y marca son públicos, a excepción del número de placas.

El Poder Legislativo cambió la modalidad electrónica en la que le fue solicitada la información y puso a disposición del solicitante el contenido de más de 7 mil fojas de gastos de cooperaciones y ayudas referentes a la partida presupuestal 4605, ya que a decir del sujeto obligado, por tratarse de un gran volumen información era materialmente imposible escanear los documentos, respuesta que fue avalada por los Comisionados y en la que precisaron que el sujeto obligado deberá otorgarle al particular un plazo no menor de quince días hábiles para realizar la consulta.

Cabe señalar que este plazo fue determinado por el Pleno solo para este recurso de revisión, en tanto establece un criterio aplicable para todos los casos.

Por otro lado, Atizapán deberá entregar información sistematizada sobre remuneraciones, especificando gratificaciones, prima vacacional y aguinaldo de servidores públicos, toda vez que se trata de información pública de oficio, la cual no precisa al contestar la solicitud de información.

Texcoco deberá otorgar copia del recibo de nómina de los servidores públicos de elección popular, en versión pública ya que solo proporcionó un reporte de percepciones sin soporte documental, también deberá realizar una búsqueda exhaustiva en sus archivos de un contrato traslativo de dominio y en caso de no encontrar lo solicitado deberá emitir un acuerdo de inexistencia vía Comité de Información, por el contrario si el documento obra en sus archivos deberá entregar copia certificada del documento en el cual se formalizó dicha transacción, sin costo para el particular.

Cuautitlán omitió proporcionar expedientes técnicos completos referentes a licencia de uso de suelo, constancia de regularización y Visto Bueno de Protección Civil con respecto a un predio, ya que solo entregó los dictámenes correspondientes a la etapa final de cada expediente, lo que motivó que los Comisionados instruyeran al sujeto obligado a la entrega completa de los expedientes.

Con respecto a una solicitud de información del Plan de Desarrollo Municipal al Ayuntamiento de Atenco, el sujeto obligado argumentó que no lo tenía, por lo que el Pleno ordenó al sujeto obligado la declaratoria de inexistencia del documento vía Comité de Información y dio vista a la Contraloría Interna del municipio, a efecto de que realice las acciones conducentes ante el incumplimiento del sujeto obligado.

Amatepec podría ser sujeto a procedimiento de responsabilidades

Jueves, 22 de Abril de 2010
  • Iniciará la Dirección de Verificación y Vigilancia investigación en contra de quien resulte responsable
  • El Poder Judicial deberá entregar expediente concluido en versión pública

noticiaDerivado de un recurso de revisión en el que un particular manifiesta su inconformidad en virtud de que no fue cumplida la resolución emitida por el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México (Infoem) en contra del ayuntamiento de Amatepec, en la cual se le ordenó la entrega de la nómina actual de la administración, nombres, puestos y sueldos de personal administrativo y de elección popular, junto con información del Sistema DIF Municipal, el Pleno de este árgano garante se pronunció a favor del proyecto del Comisionado Eugenio Monterrey Chepov en el cual se enderezó el recurso de revisión a queja por incumplimiento y se le otorgó al ayuntamiento un plazo de quince días hábiles para que dé cumplimiento y se dio vista a la Dirección de Verificación y Vigilancia del Infoem para que inicie procedimiento de responsabilidades en contra de quien resulte responsable ante la omisión señalada.

Al Poder Judicial se le solicitó copia electrónica del expediente intestamentario 740/77, información que no fue proporcionada porque a decir del sujeto obligado significaría hacer un procesamiento de la información, por lo que el Pleno consideró que si el expediente no ha concluido debe reservarse, conforme al artículo 20, fracción VI de la Ley de la materia, o si ya concluyó deberá elaborarse una versión pública del mismo, testando los nombres de todas las personas físicas que aparezcan en el expediente, por tratarse de datos personales protegidos por la confidencialidad.

El Colegio de Bachilleres del Estado de México clasificó información acerca del tabulador autorizado para el pago del incremento salarial retroactivo de enero a septiembre de 2008, con el argumento de era información sujeta a un juicio laboral, por lo que los Comisionados desvirtuaron la clasificación en razón de que los datos requeridos son información pública y la justificación no se encuentra fundada ni motivada.
Se ordenó al ayuntamiento de Otzoloapan a que entregue información completa sobre los nombres de los residentes de obras y supervisores, analistas de precios unitarios, toda vez que solo entregó información del CODEMUN.

El Ayuntamiento de Apaxco se negó a entregar el manual de operación del comité interno de obra pública, alegando la inexistencia del documento, por lo que en el pleno dio vista a la Contraloría Interna del sujeto obligado, ya que es en una falta a la normatividad no emitir este tipo de documentos, de igual manera instruyó a la Dirección Jurídica de este Instituto para la correspondiente revisión de la información pública de oficio del ayuntamiento.

Ante una respuesta incompleta que el Infoem otorgó a un particular que solicitaba la relación de la fecha de creación de comités de información en los 125 municipios así como de sus integrantes, los Comisionados solicitaron a las Direcciones de Jurídico y de Verificación y Vigilancia respectivamente, a que entreguen las actas de los comités de información al particular.

La Secretaría de Educación no atendió en forma total una solicitud de información en la que se requería copia del proceso administrativo para solicitar y conseguir una beca económica, por lo que el sujeto obligado entregó vía informe de justificación la parte faltante de lo solicitado.

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